El Juzgado de lo Social nº 5 de Palma de Mallorca ha dictado una sentencia en fecha 01.12.2025 por la que se reconoce a una trabajadora, empleada como personal de limpieza, el derecho a percibir una Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad común. La pensión reconocida equivale al 100% de su base reguladora
La defensa de la demandante ha sido dirigida por el abogado Enric Molina, de Molina Advocats, quien asumió el asunto tras la denegación inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
A pesar de que el INSS reconoció en reclamación previa una Incapacidad Permanente Total, el despacho acreditó que las dolencias de la trabajadora le impedían realizar cualquier actividad laboral, incluso aquellas de carácter liviano o sedentario.
La resolución judicial recoge un cuadro clínico severo que afecta de manera global y persistente a la capacidad laboral de la trabajadora, entre ellas: Fibromialgia severa y refractaria a tratamiento, Síndrome de fatiga crónica con intolerancia al esfuerzo, Deterioro cognitivo leve que afecta la atención y la función ejecutiva, Artropatía psoriásica, sacroileítis y tendinopatías en hombro, Síndrome depresivo y trastorno adaptativo y cáncer de mama.
El Juzgado considera acreditado que las limitaciones funcionales de la trabajadora la incapacitan para desempeñar cualquier profesión con los niveles mínimos de continuidad, rendimiento y eficacia que exige el mercado laboral, lo que justifica el reconocimiento del grado absoluto.
Este pronunciamiento destaca la importancia de valorar adecuadamente las patologías crónicas y pluripatológicas que afectan especialmente a trabajadoras del ámbito de la limpieza, cuya actividad requiere esfuerzos físicos significativos.
Molina Advocats continúa trabajando para lograr el adecuado reconocimiento jurídico de las patologías que determinan situaciones de incapacidad y la correcta aplicación del régimen prestacional de la Seguridad Social.