
SE ELIMINA LA POSIBILIDAD DE EXTINCIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO POR INCAPACIDAD PERMANENTE
En el BOE del día 30/04/25 se ha publicado la L 2/2025 por la que se modifica el art. 49.1 del ET para eliminar como
El 2 de julio de 2019, bajo la defensa letrada del abogado Enric Molina Barranco, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña otorgó la Incapacidad Permanente Absoluta para el desempeño de cualquier profesión a una de las clientas del despacho, enferma de Fibromialgia, Síndrome de Fatiga Crónica y Sensibilidad Múltiple, reconociéndole una prestación de alrededor de 800€ mensuales.
Sin embargo, en fecha 30 de noviembre de 2021 y a raíz de un proceso de revisión de grado llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Dirección Provincial del INSS resolvió rebajar el grado de la incapacidad reconocida a nuestra clienta de <<ABSOLUTA para cualquier profesión>> a <<TOTAL para su profesión habitual>>, por cuanto consideró que había ocurrido una mejoría de sus lesiones, disminuyendo de esta forma la prestación cobrada por la clienta en más de 350€.
Ante esta disminución del grado de incapacidad reconocido, y, en consecuencia, del importe de la prestación concedida a la clienta, el abogado Enric Molina de Molina Advocats i Consultors impugnó la resolución dictada por el INSS, y ante su desestimación, inició un nuevo procedimiento judicial que terminó con una resolución favorable a nuestra clienta.
Así, el 18 de julio de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ha ratificado la sentencia por la que reconocen nuevamente la Incapacidad Permanente Absoluta a nuestra clienta, y ha condenado al INSS a abonarle una prestación vitalicia consistente en el 100% de su base reguladora mensual.
En el BOE del día 30/04/25 se ha publicado la L 2/2025 por la que se modifica el art. 49.1 del ET para eliminar como
Barcelona, 14 de febrero de 2025 – El Juzgado de lo Social nº 32 de Barcelona ha estimado íntegramente la demanda presentada contra la decisión
En fecha 25/03/25, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por una enferma de
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