EL TSJ DE GRAN CANARIA el 22/12/2021 confirma la Incapacidad en grado de GRAN INVALIDEZ enferma de fibromialgia

El Tribunal Superior de Justicia  de Gran Canaria en fecha 22/12/2021 ha confirmado la sentencia del  Juzgado de lo Social nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria  por la que revocaba la decisión del  Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)  dando la razón a una comerciante propietaria de tienda en régimen de autónomo  afecta de síndrome de fatiga crónica grado 4, fibromialgia grado 3 además de un completo cuadro traumatológico y un cuadro ansioso depresivo, que reclamaba un reconocimiento de Incapacidad en grado de GRAN invalidez y subsidiariamente de Incapacidad Permanente Absoluta.

En una sentencia anterior del Juzgado de lo social n.º 7 en el año  2017 ,pese a la oposición del del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) , ya reconoció a la comerciante  autónoma afecta de una INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA condenando al INSS a abonar una prestación económica consistente en una pensión equivalente al 100 de la base reguladora dadas las afectaciones de síndrome de fatiga crónica grado 4, fibromialgia grado 3; bocio multinodular, vejiga hiperactiva; espodilodiscoartrosis cervical y lumbar, radiculopatía crónica

Así mismo por Sentencia de fecha 29-6-18  el Juzgado de lo social n.º 3 de Las Palmas de Gran Canaria  reconoció frente la “Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de La Comunidad Autónoma de Canarias”  un grado de minusvalía del 99 %

Pese a dichos antecedentes, incomprensiblemente el INSS inicia una revisión de grado de Incapacidad declarando el 14-2-20 a la trabajadora autónoma  propietaria de una  tienda, afecta de fibromialgia y fatiga crónica en situación de incapacidad permanente total.

Frente  a dicha situación estando completamente disconformes con la valoración funcional del dictamen de propuesta del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), planteando no mantener a la enferma de fibromialgia y fatiga crónica  en situación permanente absoluta, bajo la dirección letrada de don J. Enric Molina Barranco , del despacho Molina-advocats, se presenta demanda iniciando el procedimiento judicial en aras de determinar que la misma no solo es tributaria de mantener el grado de Incapacidad Permanente Absoluta, sino que debería reconocerse en grado de GRAN invalidez.

A través de la experiencia experta del letrado J. Enric Molina durante le procedimiento judicial y en acto de juicio apoyado por una pericial médica se consiguió que la sentencia del   JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria declarada como probado que  en este caso, la parte afectada de fibromialgia y fatiga crónica sufre una serie de deficiencias que deben ser calificadas como físicas y psíquicas que le incapacitan para cualquier labor profesional por la imposibilidad de realizar labores de cualquier tipo, a la vez que necesita ayuda para actividades básicas de la vida como levantarse, acostarse, vestirse, asearse y cocinar, por lo cual aplicando la doctrina jurídica   acerca de que cualquier limitación de la vida diaria da lugar a la gran invalidez

No estando conforme el INSS presenta Recurso de suplicación ante la sala de lo social del  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, pero a tenor de lo expuesto se dicta sentencia por no prosperar los motivos expuestos por el INSS dado que no pueden acreditar alterados los hechos probados según es de ver en extracto de la sentencia :

Por lo que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia han  considerado probado que «el estado actual» de la trabajadora autónoma  afecta de fibromialgia y fatiga crónica es «suficiente» para impedir su desempeño en cualquier profesión u oficio y precisa ayuda para actividades vida diaria por lo que procede a la desestimación del recurso de suplicación concluyendo  que es pertinente que se le reconozca a la trabajadora en situación de GRAN INVALIDEZ condenando al INSS al pago de la pensión  superior al 100% de la base reguladora con los incrementos y revalorizaciones que legalmente correspondan con efectos desde el 16-10-19.

Así con el presente caso planteado queda más que patente que con la ayuda y seguimiento jurídico de un abogado experto en la materia, es posible revocar judicialmente las decisiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en cuanto a la Incapacidad Permanente de los enfermos síndromes de sensibilidad central afectos de fibromialgia , fatiga crónica u otras enfermedades asociadas .

Comparte esta noticia en redes socials

Facebook
Twitter
LinkedIn

Otras noticias

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies