El 16-12-2025 ha sido reconocida IP Absoluta a una trabajadora de profesión matrona

El Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca ha dictado Sentencia, por la que reconoce a una trabajadora, de profesión matrona, el derecho a la incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, tras haberle sido denegada reiteradamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

La resolución judicial estima íntegramente la demanda interpuesta frente al INSS por el letrado Enrique Molina, de Molina Advocats, quien consideraba acreditada la existencia de un cuadro clínico grave, objetivable y definitivo, determinante de su incapacidad para el desempeño de cualquier profesión u oficio.

La demandante padece encefalomielitis miálgica (síndrome de fatiga crónica), con deterioro neurocognitivo, dolor nociplástico crónico en miembros inferiores y trastorno cognitivo, lo que le provoca, entre otros síntomas, astenia severa, intolerancia al esfuerzo físico, disnea, dificultades para la marcha y la bipedestación, niebla mental, migrañas y alteraciones atencionales.

El Juzgado destaca que estas dolencias se encuentran debidamente acreditadas mediante abundante documentación médica, tanto pública como privada, y que el propio informe médico de síntesis del INSS ya recogía la gravedad y el carácter incapacitante del cuadro clínico.

La sentencia pone de relieve que el INSS denegó la incapacidad permanente pese a la evidencia médica, llegando incluso a archivar un primer expediente sin resolver ni la solicitud ni la reclamación previa formulada por la trabajadora.

El órgano judicial considera que este retraso injustificado no puede perjudicar a la solicitante, fijando los efectos económicos de la pensión desde la fecha de la primera solicitud administrativa

El Juzgado concluye que la capacidad laboral de la trabajadora es prácticamente nula, no solo para su profesión habitual de matrona, sino también para cualquier otro trabajo, incluso de carácter liviano o sedentario, al no poder desempeñarlo con un mínimo de continuidad, rendimiento y eficacia.

En consecuencia, se reconoce a la demandante una pensión del 100 % de su base reguladora.

Esta resolución mantiene el criterio jurisprudencial de reconocer la incapacidad permanente absoluta en casos de síndrome de fatiga crónica graves, siendo muy importante la obtención de informes y pruebas objetivas que acrediten la cronicidad y severidad de las limitaciones funcionales del trabajador.

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