20/04/2026 EL TSJ de Baleares confirma la Incapacidad Permanente Absoluta de una enfermera afectada por Síndrome de Sensibilización Central

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha confirmado el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta a una trabajadora cuya profesión habitual era la de enfermera, al considerar acreditado que las patologías que padece le impiden desarrollar cualquier actividad laboral con un mínimo de rendimiento y continuidad.

La sentencia, dictada el 20 de abril de 2026 por la Sala de lo Social del TSJ de Baleares, desestima el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y confirma íntegramente la resolución del Juzgado de lo Social nº 2 de Palma que ya había reconocido la incapacidad permanente absoluta de la trabajadora.

La trabajadora presentaba un importante cuadro clínico derivado de un síndrome de sensibilización central, con diagnóstico de Fibromialgia,Síndrome de fatiga crónica,Sensibilidad química múltiple,Migrañas casi diarias,Trastorno adaptativo mixto,Problemas cervicales y radiculopatías,Fatiga física e intelectual intensa,Episodios de diplopía y limitaciones cognitivas, entre otras patologías.

La sentencia considera acreditado que la demandante no puede realizar tareas que impliquen,esfuerzos físicos, deambulación, destreza manual, atención y concentración, memoria y rendimiento mental, exposición a productos químicos, perfumes, desinfectantes o aerosoles.

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es que el tribunal no solo entiende que la trabajadora no puede ejercer como enfermera, sino que concluye que tampoco puede desempeñar trabajos “livianos”, sedentarios o de escasa exigencia física o intelectual.

La Sala destaca que las limitaciones funcionales afectan tanto al plano físico como cognitivo, anulando la posibilidad de desarrollar cualquier profesión con un mínimo de profesionalidad, eficacia y continuidad.

Además, el hecho de que la enfermera dispusiera de un puesto adaptado no modifica esta conclusión, sino que evidencia precisamente las dificultades persistentes para mantener la actividad laboral.

Durante el procedimiento, el INSS sostuvo que las limitaciones funcionales no estaban suficientemente objetivadas y defendía que la trabajadora todavía podía realizar actividades laborales sencillas o sedentarias.

Sin embargo, el TSJ rechaza este planteamiento y recuerda que la valoración de la incapacidad debe atender al impacto real y permanente de las dolencias sobre la capacidad laboral efectiva de la persona trabajadora.

La sentencia supone un nuevo pronunciamiento favorable en materia de incapacidad permanente defendido por Molina Advocats i Consultors y por el abogado Enric Molina, cuya estrategia jurídica se centró en acreditar no solo los diagnósticos médicos, sino especialmente la repercusión funcional de las patologías en la vida laboral diaria de la trabajadora.

Este tipo de resoluciones refuerzan la línea jurisprudencial que reconoce que patologías como la fibromialgia, la fatiga crónica o la sensibilidad química múltiple pueden dar lugar al reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta cuando las limitaciones son severas, persistentes y afectan de manera global a la capacidad laboral.

La sentencia pone de relieve la importancia de una adecuada prueba médica y pericial en procedimientos frente al INSS, especialmente en enfermedades donde la controversia suele centrarse en la objetivación de los síntomas.

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