La sentencia favorable reconoce la situación de incapacidad permanente de una agente de los Mossos d’Esquadra, tras acreditarse que las patologías y limitaciones funcionales que presentaba resultaban incompatibles con el desarrollo normal de sus funciones profesionales.
La resolución judicial supone un nuevo pronunciamiento relevante en materia de incapacidad laboral dentro de cuerpos policiales y vuelve a poner de relieve la importancia de valorar de manera individualizada el impacto real de las dolencias sobre profesiones de especial exigencia física, mental y emocional.
La sentencia destaca que la profesión de agente de policía requiere mantener unas capacidades físicas, cognitivas y psicológicas especialmente elevadas, dada la responsabilidad inherente a funciones vinculadas a la seguridad pública, la intervención operativa, la toma de decisiones rápidas y la atención continuada a situaciones de tensión.
En este caso, el tribunal considera acreditado que las limitaciones funcionales de la trabajadora afectaban de forma directa al correcto desempeño de sus funciones habituales, impidiendo desarrollar su actividad profesional con las garantías mínimas de eficacia, continuidad y seguridad exigibles en un cuerpo policial.
La resolución insiste en que la valoración de la incapacidad no debe limitarse únicamente a la existencia de diagnósticos médicos, sino analizar cómo dichas patologías repercuten de forma efectiva sobre la capacidad laboral real de la persona trabajadora.
En este caso la trabajadora estaba afectada entre otras patologías de Síndrome de fatiga crónica, fibromialgia, así como comorbilidades asociadas.
Uno de los aspectos más relevantes del procedimiento ha sido la valoración de la prueba médica y pericial aportada durante el proceso judicial, elemento clave para acreditar la intensidad y persistencia de las limitaciones funcionales de la agente.
En procedimientos de incapacidad permanente, especialmente en profesiones de alta exigencia física o emocional, resulta fundamental acreditar no solo la enfermedad o patología existente, sino también la afectación concreta que ésta genera sobre las tareas habituales del puesto de trabajo.
La sentencia refuerza así la doctrina jurisprudencial consolidada que exige una valoración funcional individualizada y alejada de criterios meramente automáticos o administrativos.
Como sucede en muchos procedimientos de incapacidad permanente, el reconocimiento judicial llega tras la negativa inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que consideraba que las limitaciones de la trabajadora no alcanzaban el grado suficiente para el reconocimiento de la prestación.
Sin embargo, el tribunal concluye finalmente que las patologías acreditadas sí afectan de manera relevante y permanente a la capacidad profesional de la agente, justificando el reconocimiento de la incapacidad permanente.
La sentencia vuelve a recordar que la incapacidad permanente debe analizarse desde una perspectiva práctica y funcional, atendiendo a las exigencias concretas del puesto de trabajo y no únicamente a criterios médicos abstractos.
Desde Molina Advocats i Consultors valoramos muy positivamente esta nueva sentencia favorable, destacando la importancia de una estrategia jurídica especializada y de una adecuada preparación de la prueba médica y pericial en este tipo de procedimientos frente al INSS.