
Sentencia de 07.01.2025 reconoce Absoluta por agravamiento a maestra de primaria.
En el año 2014, la demandante había sido declarada en situación de incapacidad permanente total para su trabajo habitual, debido a diversas afecciones, entre las
A través de la Sentencia nº 1294/2019 de 12/03/2019, el TSJ de Cataluña confirma la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 15 de Barcelona obtenida por nuestra abogada Laura Bayé, se reconoce un grado de discapacidad del 69% a una enferma de Síndromes de Sensibilización Central (SSC), entre otras patologías.
El cuadro que le sirve de base a la demandante está compuesto por los actualmente denominados como SSC (en este caso, Sde. de Fatiga Crónica y Fibromialgia, ambos son de severa intensidad), añadiéndose a los mismos otras enfermedades.
Por parte de la demandada se había determinado el reconocimiento únicamente de un grado de discapacidad del 50%. No obstante, no se tiene en cuenta por la misma, tal y como se ha venido defendiendo por la Letrada del despacho Molina Advocats, la gravedad de los SSC y las limitaciones que los mismos conllevan en las actividades básicas de la vida diaria de quienes los sufren, las cuales han sido debidamente demostradas.
El Juzgado de lo Social nº 15 de Barcelona, en su Sentencia nº 109/2017 de 24/04/2017, acaba reconociendo que los SSC en la severidad que aqueja a la actora conllevan en la misma una valoración muy superior a la esgrimida por la Administración, resultando en aplicación del Anexo I del RD 1979/1999, un grado de discapacidad del 69%.
El TSJ de Cataluña confirma la Sentencia del Juzgado de lo Social, aplicando el mismo criterio que éste, es decir, atendiendo a que se ha demostrado la severidad de los SSC y las limitaciones que éstos comportan, ha de reconocerse a la beneficiaria un grado de discapacidad del 69%.
A la vista del criterio sostenido tanto por parte de los Juzgados de lo Social como por parte de los Tribunales Superiores de Justicia, es importante tener en consideración:
Para ello, es indispensable contar con historial médico completo y con un buen asesoramiento legal.
En el año 2014, la demandante había sido declarada en situación de incapacidad permanente total para su trabajo habitual, debido a diversas afecciones, entre las
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