LA SQM SE CONSIDERA ENFERMEDAD PROFESIONAL PARA UNA EMPLEADA DE HOTEL DE MALLORCA (Mayo 2024)

El TSJ de Islas Baleares ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca, declarando que el síndrome químico múltiple (SQM) que sufre una limpiadora de hotel debe ser considerado como enfermedad profesional.

Tal y como consta en los hechos probados, en noviembre de 2016 la empleada de limpieza estuvo utilizando unos productos de limpieza sin las medidas de protección adecuadas, y necesitó asistencia médica, comenzando un largo proceso de baja médica por enfermedad común. A los seis meses de tal incidente se le diagnosticó SQM, y con la asistencia jurídica del Letrado Enrique Molina, en 2018 solicitó el cambio de contingencia de la baja médica, que fue indebidamente rechazada por el INSS y se acudió a Inspección de Trabajo quien dictó acta de infracción

Tras un larguísimo periplo judicial, con múltiples suspensiones y aplazamientos, el Juzgado Social nº 4 de Palma dictó sentencia en fecha 02/02/23 reconociendo la contingencia profesional, pero ésta fue recurrida por la empresa (hotel) y su Mutua.

Finalmente, el TSJ de Illes Balears ha dictado la sentencia de 14/05/24 en la que ratifica que las bajas laborales derivadas de SQM tienen origen profesional, y concretamente manifiesta que:

No resulta exigible en función del diagnóstico de síndrome químico múltiple la existencia de una repercusión de un agente exterior lesivo súbito, sino que la sensibilidad química puede haber tenido su detonante el día señalado en el informe médico forense, cuyo diagnóstico puede haber sido verificado posteriormente, en atención a la evolución y síntomas que han sido constatados desde un inicio. No cabe pues rechazar que los síntomas sucedidos desde la primera incapacidad temporal tuvieran ya la calificación directa de síndrome químico múltiple.” (…) “Ni (…) puede deducirse que únicamente los productos de limpieza doméstica hayan podido generar la situación clínica que ha sido demostrada”, y reconoce que “la trabajadora al acudir al centro de salud a recibir asistencia refleja una serie de síntomas que con posterioridad reflejan haber contraído SQM, que puede estar vinculada a la utilización de los productos de limpieza”

Gracias a esta sentencia, esta clienta MOLINA ADVOCATS tendrá unas mejores prestaciones de seguridad social y podrá ser indemnizada por los daños y perjuicios producidos.

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