EL 17/09/24 SE RECONOCE LA ABSOLUTA A ENFERMA DE COVID PERSISTENTE
La sentencia dictada el 17/09/24 por el TSJ de Asturias reconoce una incapacidad permanente absoluta a una contable que padece covid persistente. La demandante padeció
El TSJ de Islas Baleares ha emitido Sentencia el día 16/05/2023, de la que ya ha sido declarada su firmeza, por la que confirma el reconocimiento en situación de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta a una enferma que, entre otras patologías, se encuentra afecta de Sde. de Fatiga Crónica, Fibromialgia y Sensibilidad Química Múltiple.
La demandante, cuya profesión era la de tapicera, se encontraba con que había tenido que encadenar multitud de procesos de baja médica por estar cada vez más limitada, tanto a nivel físico, psíquico y neurocognitivo. La realidad es que nuestra clienta, estaba en una incapacidad permanente “de facto”, por no poder desarrollar ninguna actividad profesional.
Tras la última baja, el INSS finalmente resolvió reconocerle una Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, pero a sabiendas de las severas limitaciones que presentaba la actora, nuestra Letrada Laura Bayé inició el procedimiento para que se le reconociera en situación de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta. Así, tras una dura lucha por los derechos e intereses de nuestra clienta, finalmente se celebró el juicio ante el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, el cual emitió Sentencia por la que estimaba la demanda y reconocía que el cuadro pluripatológico de la demandante era constitutivo de la Incapacidad Permanente Absoluta, determinando:
“(…) en atención a la confluencia de las relacionadas limitaciones físicas y mentales, se ha de concluir que la actora no se encuentra capacitada para la realización de una actividad laboral con la posibilidad de llevar a cabo tareas con la necesaria profesionalidad y exigencias mínimas de continuidad, eficacia y dedicación, pues las limitaciones funcionales reseñadas indican sólo la mera probabilidad de su ejercicio esporádico, situación que no se puede mantener como una relación laboral normal entre la trabajadora y el empresario. En consecuencia, se ha constatado que los sufrimientos que padece la demandante, suponen no sólo una falta de capacidad para llevar a cabo su profesión habitual, sino que también la inhabilitan por completo para cualquier otra profesión y oficio (…)”.
El INSS como muestra de su disconformidad interpuso Recurso de Suplicación, habiendo sido éste resuelto por Sentencia de 16/05/2023, confirmando en todos sus extremos el reconocimiento realizado por el Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, estableciendo:
“Las diferentes patologías que presenta la demandante, entre las que se incluye un trastorno ansioso depresivo de tipo distímico con episodios de depresión muy severa y un déficit cognitivo moderado con déficit disejecutivo, además de síndromes de fibromialgia, de fatiga crónica y químico múltiple, por todo lo cual viene siendo tratada por el servicio público de salud, la inhabilitan por completo para el ejercicio de toda profesión u oficio y a tal fin acogemos como propios los extensos razonamientos de la sentencia recurrida”.
Todo ello es el resultado de contar con un buen asesoramiento jurídico especializado en las patologías que presentan estas personas ya que, aunque cada vez menos, este tipo de enfermedades siguen estando muy incomprendidas por la sociedad, por lo que es necesario que el profesional sea conocedor de lo que suponen y la incidencia en la vida diaria.
La sentencia dictada el 17/09/24 por el TSJ de Asturias reconoce una incapacidad permanente absoluta a una contable que padece covid persistente. La demandante padeció
El pasado 9 de octubre de 2024, el Juzgado de lo Social nº1 de Valladolid, bajo la defensa de Molina Advocats, reconoció en situación de
El pasado 30 de septiembre de 2024, el Juzgado de lo Social nº 2 de Palma de Mallorca dictó sentencia por la que estimó íntegramente
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR