EL 17/09/24 SE RECONOCE LA ABSOLUTA A ENFERMA DE COVID PERSISTENTE
La sentencia dictada el 17/09/24 por el TSJ de Asturias reconoce una incapacidad permanente absoluta a una contable que padece covid persistente. La demandante padeció
La reciente sentencia del Tribunal Superior Justicia Cataluña nº4031/2023, de 22 de junio de 2023, ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social nº10 de Barcelona, de noviembre de 2022 por la que repuso la IP Absoluta a un trabajador que fue objeto de un injusto procedimiento de revisión. El INSS le quitó la IP Absoluta alegando que había mejorado, pero no era cierto.
El trabajador, de profesión habitual de INFORMÁTICO CONSULTOR, presentaba un cuadro clínico con síndrome de fatiga crónica-fibromialgia muy severo grado IV, afectación severa al ejercicio físico con disfunción neurovegetativa y cognitiva, alternación de la memoria, de los procedimientos de atención y concentración, y de las funciones ejecutivas de planificación, organización y flexibilidad cognitivas.
La situación de Incapacidad Permanente Absoluta del trabajador había sido establecida judicialmente por primera vez en 2019. En menos de un año, el INSS inicia un expediente de revisión por mejoría, rebajándose al grado de Incapacidad Permanente Total. Tras la demanda del abogado Enric Molina de Molina Advocats, el Juzgado de lo Social nº10, en noviembre de 2022, anula la decisión del INSS y repone la Absoluta al trabajador.
Frente a la anterior sentencia, el INSS interpone recurso de suplicación, al que responde ahora la sentencia del TSJ de Cataluña. Ésta reconoce que el Juzgado de lo Social nº10 ha valorado extensa y razonadamente la documentación médica y pruebas realizadas, por lo que debe suscribir el pronunciamiento de primera instancia de que “el cuadro principal que dio lugar al reconocimiento del grado de absoluta se mantiene en idéntica gravedad, presentado un cuadro de fibromialgia y fatiga crónica muy severo (grado IV)”.
Así, el TSJ CAT se limita a reafirmar la correcta valoración de la prueba en primera instancia, afirmando que “no puede apreciarse la infracción que la recurrente denuncia, coincidiendo plenamente la Sala con el criterio del juzgador de instancia”, y ello porque se recoge “en el hecho probado sexto (de la sentencia recurrida) un cuadro secuelar cuyas limitaciones no revelan mejoría alguna”.
El reciente pronunciamiento del TSJ CAT supone un freno para el INSS en los expedientes de revisión de grado que realizan sin acreditar una mejoría de las limitaciones funcionales del trabajador afectado de Síndrome de Fatiga Crónica y Fibromialgia.
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