
Farmacéutica de Palma obtiene la incapacidad permanente absoluta por fibromialgia y síndrome de fatiga crónica
Palma de Mallorca, 9 de julio de 2025 – El Juzgado de lo Social nº 6 de Palma ha reconocido la incapacidad permanente absoluta a
Madrid, 23 de julio de 2025 – El Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid ha dictado una sentencia que reconoce el derecho a percibir una pensión por incapacidad permanente total a una trabajadora de 44 años que desempeñaba funciones como dependienta, debido a un complejo cuadro clínico incapacitante.
La resolución, emitida el pasado 15 de julio, estima parcialmente la demanda presentada por el letrado José Enrique Molina Barranco, del despacho Molina Advocats, en representación de la trabajadora. El juzgado concluye que las múltiples dolencias que sufre la afectada, entre ellas fibromialgia, fatiga crónica, cefaleas, trastorno adaptativo mixto con síntomas depresivos y síndrome del intestino irritable, le impiden llevar a cabo con normalidad las tareas fundamentales de su profesión habitual.
El fallo establece que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social deberán reconocer la incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, y conceder una pensión vitalicia equivalente al 55%
La sentencia valora especialmente los informes médicos que reflejan la evolución desfavorable del estado de salud de la trabajadora, la necesidad de asistencia para las actividades básicas de la vida diaria, así como su dependencia de una muleta para desplazarse. El juzgado descarta la incapacidad absoluta, pero reconoce la imposibilidad real de continuar ejerciendo como dependienta en condiciones de normalidad y profesionalidad.
Molina Advocats expresa su satisfacción por el fallo, subrayando que “la resolución judicial pone de manifiesto la importancia de valorar el impacto real de las enfermedades invisibles en la capacidad laboral de las personas, destacando el valor de esta sentencia como precedente positivo en el reconocimiento de incapacidades ligadas a patologías complejas y crónicas.
La resolución es susceptible de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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