En una reciente resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Mallorca, se ha declarado en situación de incapacidad permanente en grado absoluta en sentencia firme a una mujer de profesión carnicera autónoma.
La mujer, que padece una serie de enfermedades graves, entre las que se incluyen fibromialgia, fatiga crónica, cáncer de endometrio, problemas de movilidad y múltiples trastornos físicos y psicológicos, no puede desempeñar ninguna actividad laboral con dignidad ni seguridad, ni siquiera en trabajos ligeros o sedentarios. Su estado de salud se ha visto comprometido en múltiples áreas, lo que la ha dejado sin capacidad para realizar tareas que requieran concentración, esfuerzo físico o una mínima estabilidad.
A pesar de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) había rechazado inicialmente su solicitud de incapacidad permanente, una reclamación previa interpuesta por Molina Advocats fue estimada a finales de septiembre de 2024, reconociendo su derecho a una pensión por incapacidad permanente total.
No estando de acuerdo con la Total, el letrado J.Enric Molina Barranco de Molina Advocats recurrió y el tribunal, tras evaluar exhaustivamente la situación de la demandante, determinó que el grado de invalidez era mucho más severo de lo que inicialmente se había contemplado, ya que las limitaciones físicas y psíquicas impiden cualquier tipo de actividad profesional. En consecuencia, la sentencia establece una incapacidad permanente absoluta, y condena al INSS a cubrir este derecho con efectos retroactivos desde octubre de 2023.
Esta sentencia marca un importante precedente en cuanto a la consideración de los informes médicos especializados frente al realizado por el médico forense y la inspección médica del INSS, dado que los primeros evalúan con más rigor las limitaciones funcionales y su capacidad para desarrollar cualquier actividad laboral en condiciones mínimas de seguridad y rendimiento.