LA INASISTENCIA AL TRABAJO NO EQUIVALE A UNA BAJA VOLUNTARIA
La Sentencia TSJ Catalunya de 19/01/24 (JUR\2024\94054) confirma que el abandono del puesto de trabajo no es una baja voluntaria, por lo que la empresa
Numerosos afectados de fibromialgia se encuentran en la ineludible necesidad de solicitar una prestación de Incapacidad Permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ya que les resulta imposible realizar cualquier actividad laboral ya sea por limitaciones físicas como por cognitivas.
Lamentablemente el INSS de forma general no reconoce el derecho a percibir pensión alguna a los afectados de fibromialgia y no queda alternativa que reclamar por vía judicial. Por esta razón es esencial recibir asesoramiento por un abogado con amplia experiencia en esta materia desde el inicio del procedimiento en vía administrativa para que le indique cuales son las pruebas y los informes médicos necesarios para que un juzgado reconozca la incapacidad permanente.
Las últimas sentencias publicadas en las que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce el derecho a percibir una pensión de Incapacidad son las siguientes:
Este es un ejemplo que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce incapacidades permanentes a enfermos de fibromialgia, si bien es determinante tener tanto pruebas e informes médicos que respalden una evidente falta de capacidad para trabajar, como un asesoramiento experto y especializado del abogado y peritos que actúen dichos procedimientos.
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La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Granada) de fecha 01/03/24 ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social nº
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